Articulo 9 Presupuestaria de las Entidades Locales
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Artículo 9. Norma de Ejecución Presupuestaria.

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Los Presupuestos Generales de las Entidades locales incluirán una Norma de Ejecución Presupuestaria que contendrá la adaptación de las disposiciones generales en materia presupuestaria a la organización y circunstancias de la propia Entidad, así como aquéllas otras necesarias para su acertada gestión, estableciendo cuantas prevenciones se consideren oportunas y conveniente para la mejor realización de los gastos y recaudación de los recursos, sin que pueda modificar lo legislado para la administración económica, ni comprender preceptos de orden administrativo que requieran legalmente procedimiento y formalidades específicas distintas de lo previsto para el Presupuesto.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-02-2004 en vigor desde 18-02-2004