Articulo 9 Presupuestos 2009 Navarra
Artículo 9. Retribuciones de los miembros del Gobierno de Navarra, de los Directores Generales, del personal directivo de los organismos públicos y del resto del personal eventual.
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1. De conformidad con lo establecido en los artículos 35 y 45 de la Ley Foral 14/2004, de 3 de diciembre, del Gobierno de Navarra y de su Presidente, las retribuciones para el año 2009 de los miembros del Gobierno de Navarra se fijan en las siguientes cuantías anuales referidas a catorce mensualidades, sin perjuicio de la percepción de la retribución por antigüedad y grado que pudiese corresponderles de acuerdo con la normativa vigente:
Presidente del Gobierno de Navarra: 81.593,54 euros.
Consejero: 75.933,20 euros.
2. De conformidad con lo establecido en el artículo 22.4 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, las retribuciones para el año 2009 de los Directores Generales de la Administración de la Comunidad Foral se fijan en un importe anual de 60.111,52 euros, referido a catorce mensualidades, sin perjuicio de la percepción de la retribución por antigüedad y grado que pudiera corresponderles de acuerdo con la normativa vigente.
3. De conformidad con lo establecido en el artículo 109.1 de la Ley Foral 15/2004, de 3 de diciembre, de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, se relacionan las retribuciones para el año 2009 del personal directivo de los organismos públicos, que se cifran en las siguientes cuantías anuales referidas a catorce mensualidades, sin perjuicio de la percepción de la retribución por antigüedad y grado que pudiera corresponderles de acuerdo con la normativa vigente:
Director Gerente de organismo autónomo, salvo lo dispuesto en los apartados b, c y d siguientes: 60.111,52 euros.
Director Gerente del Servicio Navarro de Salud-0sasunbidea y de la Hacienda Tributaria de Navarra: 97.097,14 euros.
Director Gerente del Servicio Navarro de Empleo: 74.239,48 euros.
Director Gerente de la Agencia Navarra de Emergencias y de la Agencia Navarra para la Dependencia: 58.732,52 euros.
Director de la Hacienda Tributaria de Navarra: 74.196,22 euros.
Subdirector de organismo autónomo, Director de la Agencia Navarra de Emergencias y Director de Servicio de Euskarabidea-Instituto Navarro del Vascuence: 53.076,80 euros.
Personal directivo del Servicio Navarro de Salud-Osasunbidea:
Director de Recursos Humanos, Director de Atención Primaria, Director de Asistencia Especializada y Director de Administración y Organización: 74.196,22 euros.
Director del Hospital de Navarra, Director del Hospital Virgen del Camino y Director del Complejo Médico Tecnológico de Navarra: 64.724,80 euros.
Director del Área de Estella, Director del Área de Tudela, Director Médico del Hospital de Navarra, Director Médico del Hospital Virgen del Camino y Subdirector del Hospital Virgen del Camino: 62.032,04 euros.
Director de la Clínica Ubarmin, Director del Centro de Transfusión Sanguínea de Navarra, Subdirector de Atención Primaria Navarra Este, Subdirector de Atención Primaria Navarra Norte, Subdirector de Coordinación de Asistencia Ambulatoria, Subdirector de Salud Mental y Subdirector de Asistencia Especializada: 60.412,52 euros.
Subdirector de Personal y Relaciones Laborales, Subdirector de Gestión Económica y Desarrollo Organizativo y Director del Centro de Investigación Biomédica: 59.321,36 euros.
Director de Administración y Servicios Generales del Hospital de Navarra, Director de Administración y Servicios Generales del Hospital Virgen del Camino, Director de Enfermería del Hospital de Navarra, Director de Enfermería del Hospital Virgen del Camino, Director de Personal del Hospital de Navarra, Director de Personal del Hospital Virgen del Camino, Director del Centro Psicogeriátrico, Subdirector de Atención Primaria del Área de Estella, Subdirector de Atención Primaria del Área de Tudela y Director de Gestión de Ambulatorios de Asistencia Extrahospitalaria: 56.636,72 euros.
Director Técnico de Programas Asistenciales y de Formación del Centro Psicogeriátrico: 49.621,60 euros.
4. Con efectos de 1 de enero de 2009 las actuales retribuciones del resto del personal eventual al servicio de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y sus organismos autónomos se incrementarán en el porcentaje fijado en el artículo 6 de esta Ley Foral.
