Artículo 9 Presupuestos G...5 Asturias

Artículo 9 Presupuestos Generales 2025 Asturias

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Artículo 9. Dotaciones no utilizadas.

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1. El Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero de Hacienda y Fondos Europeos, podrá autorizar transferencias de crédito de las dotaciones no utilizadas en los programas de las distintas secciones de los presupuestos al programa de imprevistos y funciones no clasificadas, habilitando a tal efecto los créditos que sean necesarios para su ulterior reasignación. A estas transferencias de crédito no les serán de aplicación las limitaciones establecidas en los artículos 31.7 y 34.4 del TRREPPA.

2. Finalizados los plazos que se determinen para la tramitación de documentos contables en la Resolución del Consejero de Hacienda y Fondos Europeos por la que se aprueban las instrucciones para el cierre de la contabilidad del ejercicio 2025, los créditos no finalistas que se encuentren en situación de disponible tendrán la consideración de dotaciones no utilizadas y podrán ser transferidos por la Consejería de Hacienda y Fondos Europeos al programa de imprevistos y funciones no clasificadas para su ulterior reasignación.

3. El Consejo de Gobierno dará cuenta de estas transferencias a la Junta General en el plazo de un mes desde su aprobación.