Articulo 9 Procedimiento para reconocer la situación de dependencia y el derecho a las prestaciones del sistema para la autonomía y atención a la dependencia
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»Artículo 9. Requisitos generales para ser beneficiario
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Podrán ser beneficiarios de los servicios y prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia las personas que reúnan los siguientes requisitos generales:
a) Residir en un municipio de la Comunidad de Madrid.
b) Haber sido declaradas en situación de dependencia.
c) Que el servicio o prestación económica a que se opte haya sido determinado como la modalidad de intervención más adecuada para la persona en situación de dependencia en el correspondiente Programa Individual de Atención.
d) Que se acredite el cumplimiento de los requisitos específicos, conforme a la normativa vigente, para el acceso a los servicios o prestaciones económicas que correspondan en cada caso.
