Articulo 9 Procedimiento para el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la dependencia
Artículo 9. Resolución.
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1. A la vista de lo actuado y de la propuesta formulada, el titular de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León dictará resolución motivada, en los términos previstos en el artículo 28.3 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.
2. Dicha resolución determinará los servicios o prestaciones que correspondan al solicitante, según el grado y nivel de dependencia, de conformidad con lo que se disponga en la normativa que se apruebe en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 9, 10.3 y 15 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, y en función de la red de servicios y prestaciones de la Comunidad de Castilla y León.
3. El plazo máximo para dictar resolución y para practicar su notificación será de seis meses, a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.
