Artículo 9 Procedimiento de selección y nombramiento de personal funcionario interino para desempeñar puestos de trabajo reservados a personal funcionario de Administración Local con habilitación nacional en las entidades locales
Artículo 9. Bases de la convocatoria.
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Las bases de la convocatoria deberán publicarse en el Diario Oficial de Extremadura y habrán de contener en todo caso los siguientes datos: expresión de la/s subescala/s, procedimiento de elaboración de relaciones de personas candidatas de las subescalas, sistema selectivo, pruebas selectivas que hayan de celebrarse, relación de méritos que han de ser tenidos en cuenta en la selección, composición del órgano de selección y cuantía, en su caso, de los derechos de examen.
Las bases de la selección vinculan a los tribunales que han de juzgar las pruebas selectivas y a quienes participen en las mismas, y en la que se designará la composición de los miembros del tribunal a propuesta del órgano directivo autonómico competente, del que podrán formar parte dos vocales con sus respectivos suplentes designados por el colegio profesional territorial correspondiente de secretarios, interventores y tesoreros.
