Articulo 9 Promoción de vehículos de transporte por carretera limpios en favor de la movilidad de bajas emisiones
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»Artículo 9. Procedimiento de comité
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1. La Comisión estará asistida por el comité establecido por el artículo 9 de la Directiva 2014/94/UE.
Dicho Comité será un comité en el sentido del Reglamento (UE) n.º 182/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo (*10).
2. En los casos en que se haga referencia al presente apartado, se aplicará el artículo 5 del Reglamento (UE) n.º 182/2011.
3. Cuando el dictamen del comité deba obtenerse mediante un procedimiento escrito, se pondrá fin a dicho procedimiento sin resultado si, en el plazo para la emisión del dictamen, el presidente del comité así lo decide o si una mayoría simple de miembros del comité así lo solicita.
Modificaciones
- Artículo modificado (9) por Directiva (UE) 2019/1161 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, por la que se modifica la Directiva 2009/33/CE relativa a la promoción de vehículos de transporte por carretera limpios y energéticamente eficientes
(DC de 12-07-2019) en vigor desde 01-08-2019
