Articulo 9 Reforma del Estatuto de Autonomia para Andalucia
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Articulo 9 Reforma del Estatuto de Autonomia para Andalucia

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Artículo 9. Derechos.

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1. Todas las personas en Andalucía gozan como mínimo de los derechos reconocidos en la Declaración Universal de Derechos Humanos y demás instrumentos europeos e internacionales de protección de los mismos ratificados por España, en particular en los Pactos Internacionales de Derechos Civiles y Políticos y de Derechos Económicos, Sociales y Culturales; en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales y en la Carta Social Europea.

2. La Comunidad Autónoma garantiza el pleno respeto a las minorías que residan en su territorio.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 20-03-2007 en vigor desde 20-03-2007