Articulo 9 Reglamento de Calificación Ambiental
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Artículo 9. Documentación.

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Los titulares de actividades sujetas al trámite de calificación ambiental, dirigirán al Ayuntamiento o ente local competente, junto con los documentos necesarios para la solicitud de la licencia de actividad, como mínimo la siguiente documentación:

1. Proyecto Técnico suscrito, cuando así lo exija la legislación, por técnico competente, el cual deberá incluira los efectos ambientales:

  1. Objeto de la actividad.

  2. Emplazamiento, adjuntando planos escala 1:500 y descripción del edificio en que se ha de instalar. En la descripción del emplazamiento se señalarán las distancias a las viviendas más próximas, pozos y tomas de agua, centros públicos, industrias calificadas, etc., aportando planos que evidencien estas relaciones.

  3. Maquinaria, equipos y proceso productivo a utilizar.

  4. Materiales empleados, almacenados y producidos, señalando las características de los mismos que los hagan potencialmente perjudiciales para el medio ambiente.

  5. Riesgos ambientales previsibles y medidas correctoras propuestas, indicando el resultado final previsto en situaciones de funcionamiento normal y en caso de producirse anomalías o accidentes. Como mínimo en relación con:

    1. Ruidos y vibraciones.

    2. Emisiones a la atmósfera.

    3. Utilización del agua y vertidos líquidos.

    4. Generación, almacenamiento y eliminación de residuos.

    5. Almacenamiento de productos.

  6. Medidas de seguimiento y control que permitan garantizar el mantenimiento de la actividad dentro de los límites permisibles.

2. Síntesis de las características de la actividad o actuación para la que se solicita la licencia, cumplimentada, en su caso, en el modelo oficial correspondiente.

3. Aquellos otros documentos que los Ayuntamientos exijan con arreglo a su propia normativa.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-01-1996 en vigor desde 12-01-1996