Articulo 9 Reglamento general de carreteras de Cataluña
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»Artículo 9. Catálogo de carreteras de la Generalidad.
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9.1 El Catálogo de carreteras de la Generalidad contiene la relación detallada y la clasificación, funcional y técnica, por categorías, de todas las carreteras de las que es titular, con expresión de todas las circunstancias necesarias para identificarlas.
9.2 Corresponde al Gobierno, a propuesta del departamento competente en la materia, aprobar el Catálogo de carreteras de la Generalidad. Una vez aprobado, el titular del departamento competente en la materia lo tiene que presentar a la comisión correspondiente del Parlamento.
