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Articulo 9 Reglamento General de Contratación Pública

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Artículo 9. Tramitación electrónica interna de los expedientes de contratación

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Se tramitarán a través del Sistema de Información de la Contratación Administrativa (SICA) los procedimientos de contratación que se lleven a cabo por la Administración de la Comunidad de Madrid, sus Organismos Autónomos, Entidades de Derecho público y demás Entes públicos comprendidos en el ámbito de aplicación previsto en el artículo 1.2 de este Reglamento, siempre que se trate de los tipos de contrato y procedimientos que contemple dicho sistema informático y que éste haya sido implantado en el correspondiente órgano o centro gestor.

Podrán exceptuarse de lo dispuesto en el párrafo anterior aquellos contratos en que por causas debidamente justificadas, así se autorice por la Dirección General de Patrimonio.