Articulo 9 Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados de Navarra
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»Artículo 9º. Contratos con precio aplazado
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En los contratos en que medie precio, aunque éste fuera aplazado, la liquidación e inmediata exacción del Impuesto se realizará por su total importe.
