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Articulo 9 Reglas para el...de indulto

Articulo 9 Reglas para el ejercicio de la gracia de indulto

Reglas para el ejercicio de la gracia de indulto
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Artículo 9.

Vigente

El indulto no se extenderá a las costas procesales.

Modificaciones
  • Artículo modificado (9) por LEY 1/1988, DE 14 DE ENERO POR LA QUE SE MODIFICA LA LEY DE 18 DE JUNIO DE 1870, ESTABLECIENDO REGLAS PARA EL EJERCICIO DE LA GRACIA DE INDULTO. (BOE de 15-01-1988) en vigor desde 16-01-1988

Notas: Articulo 9 Reglas para el ejercicio de la gracia de indulto

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