Artículo 9 Se regula el S...e Canarias

Artículo 9 Se regula el Sistema de recepción y salida de documentos y las oficinas de asistencia en materia de registros de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias

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Artículo 9.- Principios de la asistencia presencial en materia de registros.

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1. La asistencia presencial en materia de registros, como conjunto de medios puestos a disposición de la ciudadanía en orden a facilitar el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones en sus relaciones con la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, se regirá por los siguientes principios:

a) Servicio efectivo a la ciudadanía.

b) Igualdad de acceso y no discriminación.

c) Simplicidad, claridad y proximidad.

d) Atención personalizada y adaptada a las condiciones físicas, psíquicas, sensoriales, sociales y culturales.

e) Racionalización, agilidad y eficacia.

f) Responsabilidad y seguridad jurídica.

2. Todos los departamentos y órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias colaborarán con las personas encargadas de la asistencia ciudadana para el adecuado cumplimiento de sus funciones y responsabilidades.