Artículo 9 regulación del...de Euskadi

Artículo 9 regulación del Foro de Urbanismo y Vivienda de Euskadi

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Artículo 9. Funcionamiento.

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1.- El Foro funcionará en Pleno y en Grupos de Trabajo.

2.- Se garantizará el uso de las dos lenguas oficiales en todos los espacios de trabajo y difusión del Foro.

3.- Se procurará un enfoque de género para integrar las diferentes necesidades, intereses, aspiraciones y oportunidades de mujeres y hombres en las recomendaciones del Foro.