Articulo 9 Requisitos para la autorización de las Viviendas Tuteladas para personas con discapacidad o con enfermedad mental crónica.
Artículo 9. Documentación.
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1. Las Viviendas Tuteladas deberán disponer de la siguiente documentación relativa a los usuarios:
Libro registro de usuarios.
Expedientes de los usuarios.
Historia sociosanitaria.
Contrato asistencial, que recogerá los derechos y obligaciones del titular y de los usuarios, las prestaciones, servicios y condiciones económicas, así como el compromiso por ambas partes de cumplir lo dispuesto en el reglamento de régimen interior de la Vivienda Tutelada.
2. Y, entre los documentos referidos al centro, deberán contar con:
Autorización administrativa de funcionamiento vigente.
Proyecto global de atención social y terapéutica.
Reglamento de régimen interior.
Póliza de seguros de responsabilidad civil que dé cobertura a los siniestros y a la responsabilidad civil en que pueda incurrir el titular del centro por los daños causados a terceros, incluidos los usuarios de aquél, en vigor.
