Articulo 9 Suelo de Galicia
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»Artículo 9. Junta Consultiva en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo
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1. La Junta Consultiva en Materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo es el órgano de carácter consultivo en materia de ordenación del territorio y urbanismo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. Su composición, organización y funcionamiento serán establecidos reglamentariamente, garantizando la representación de las administraciones públicas con competencias urbanísticas.
Modificaciones
- Artículo modificado (9) por LEY 5/2024, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.
en vigor desde 01-01-2025
