Articulo 9 Texto consolidado del Decreto por el que se regulan las indemnizacion...istración autonómica
Articulo 9 Texto consolidado del Decreto por el que se regulan las indemnizaciones por razón del servicio del personal al servicio de la Administración autonómica
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»Artículo 9. Comisiones sin pernocta fuera del término municipal de residencia
Vigente
1. En las comisiones por razón del servicio realizadas dentro del horario habitual de trabajo en las que se vuelva a pernoctar el término municipal de residencia, no se percibirá dieta.
No obstante, cuando estas comisiones se realicen total o parcialmente fuera del horario de trabajo se percibirá en concepto de dieta la cuantía indicada en el anexo 1 del presente Decreto.
2. En las comisiones por razón del servicio, realizadas total o parcialmente fura del horario habitual, que impliquen desplazamiento fuera de la isla de residencia y en las que el comisionado vuelva a pernoctar al término municipal de residencia se percibirá en concepto de dieta la cuantía indicada en el anexo 2 del presente Decreto.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-04-2016 en vigor desde 10-04-2016