Articulo 9 Universidades -Derogada-

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Artículo 9. Departamentos

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1. Los departamentos son las unidades de docencia e investigación encargadas de coordinar las enseñanzas de uno o varios ámbitos del conocimiento en uno o varios centros, de acuerdo con la programación docente de la universidad, de apoyar las actividades e iniciativas docentes e investigadoras del profesorado, y de ejercer aquellas otras funciones que sean determinadas por los estatutos.

2. La creación, modificación y supresión de departamentos corresponde a la universidad, conforme a sus estatutos.
Modificaciones