Articulo 90 Actividad fís... de Aragón

Articulo 90 Actividad física y deporte de Aragón

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Artículo 90. Comisión Aragonesa para la Protección de la Salud en el Deporte.

Vigente

1. Se crea, en el seno del Consejo Aragonés de la Actividad Física y el Deporte, la Comisión Aragonesa para la Protección de la Salud en el Deporte, a través de la cual se propondrán las políticas autonómicas de prevención y lucha contra el dopaje en el deporte.

2. Estará integrada por personas de reconocido prestigio en los ámbitos científico-técnico, deportivo, médico y jurídico. Su composición, el nombramiento de sus miembros y su régimen de funcionamiento se determinarán reglamentariamente.