Articulo 90 Impuestos especiales
Ver Indice
»Artículo 90. Ámbito objetivo.
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El ámbito objetivo del Impuesto Especial sobre la Electricidad está constituido por la energía eléctrica clasificada en el código NC 2716 de la nomenclatura arancelaria y estadística establecida por el Reglamento (CEE) n.º 2.658/87 del Consejo, de 23 de julio de 1987.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 28/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifican la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, la Ley 20/1991, de 7 de junio, de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias, la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales, y la Ley 16/2013, de 29 de octubre, por la que se establecen determinadas medidas en materia de fiscalidad medioambiental y se adoptan otras medidas tributarias y financieras.
(BOE de 28-11-2014) en vigor desde 01-01-2015
