Articulo 90 Protección y ...y Usuarios

Articulo 90 Protección y Defensa de Consumidores y Usuarios

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Artículo 90. Sanciones pecuniarias. Cuantías.

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Las infracciones en materia de defensa del consumidor serán sancionadas con multas, con arreglo a la siguiente escala:

  1. Infracciones leves, desde 100 hasta 3.000 euros.

  2. Infracciones graves, desde 3.000,01 hasta 30.000 euros, pudiéndose rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los productos, bienes o servicios objeto de la infracción.

  3. Infracciones muy graves, desde 30.000,01 hasta 600.000 euros, pudiendo rebasar dicha cantidad hasta alcanzar el quíntuplo del valor de los productos, bienes o servicios objeto de la infracción.