Articulo 90 Reglamento 2/2011 de la Carrera Judicial
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»Artículo 90.
Vigente
Contra las resoluciones definitivas de la Comisión Permanente adoptadas en el ejercicio de competencias delegadas por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo en el plazo de dos meses, contado desde el día siguiente de su publicación o notificación en legal forma.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 09-05-2011 en vigor desde 29-05-2011