Articulo 90 Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal Canario
Artículo 90.- Documentos que deben acompañar a la declaración.
1. La declaración de importación deberá ir acompañada de los siguientes documentos.
a) Factura comercial de los bienes importados.
b) Declaración del valor en aduana.
c) Los relativos a los conceptos que forman parte del valor en aduana, así como de los gastos accesorios y complementarios que se produzcan desde la entrada en el Archipiélago hasta el primer lugar de destino en dicho territorio.
d) Los relativos a las subvenciones vinculadas al precio.
e) Los relacionados con los tributos y gravámenes de cualquier clase que recaigan sobre las operaciones gravadas, salvo los propios tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias devengados con ocasión de la importación de bienes.
f) Aquellos que sirvan para justificar, en su caso, el derecho a las exenciones, bonificaciones y demás beneficios fiscales.
2. Por Orden del Consejero competente en materia tributaria se podrán establecer otros documentos o modificar los establecidos en el presente artículo.
- Texto Original. Publicado el 12-08-2011 en vigor desde 13-08-2011