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Articulo 90 Reglamento de la Ley 3/1993, forestal -Vigente-

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Artículo 90. Creación del programa

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1. En desarrollo del Fondo Forestal Valenciano, la administración autonómica pondrá en marcha el programa valenciano de pagos por servicios ambientales forestales, que tendrá por objeto el fomento y financiación privada, del suministro continuado de las externalidades positivas que produzca el terreno forestal de la Comunitat Valenciana, mediante la compensación económica directa a los propietarios que suministren dichas externalidades, o a los gestores del terreno forestal que tengan el consentimiento escrito de los propietarios para recibir dicha compensación económica.

2. La administración fomentará y regulará las iniciativas privadas para compensar la provisión de externalidades positivas del terreno forestal de la Comunitat Valenciana.