Articulo 90 Reglamento de...el deporte

Articulo 90 Reglamento de prevencion de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte

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Artículo 90. Retirada del distintivo.

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El distintivo podrá retirarse durante su período de disfrute por la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, a propuesta de la Comisión Permanente de la Comisión Estatal contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, por circunstancias sobrevenidas y debidamente motivadas.