Artículo 91 sexto. Hecho imponible.
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Constituye el hecho imponible la prestación de los servicios administrativos inherentes a la primera inscripción en el Registro General de Informes de Evaluación de los Edificios del Principado de Asturias, así como a su renovación.
Modificaciones
- Artículo modificado (91 sexto (se añade)) por Ley del Principado de Asturias 14/2018, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales para 2019. [Cód. 2018-13085]
(AS de 31-12-2018) en vigor desde 01-01-2019
