Articulo 91 Accesibilidad...e La Rioja

Articulo 91 Accesibilidad universal de La Rioja

Ver Indice
»

Artículo 91. Funciones.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico


a) Asesorar e informar al Gobierno en materia de accesibilidad y su desarrollo reglamentario, planificación y evaluación de las políticas públicas sobre estas medidas y proponer criterios de actuación en este ámbito.

b) Emitir un informe anual sobre el grado de cumplimiento de las previsiones de la presente ley, y su remisión al Gobierno de La Rioja y posterior envío al Parlamento.

c) Evaluar el grado de cumplimiento de la presente ley y los avances producidos en materia de accesibilidad.

d) Cualesquiera otras que le sean atribuidas reglamentariamente.

Modificaciones