Articulo 91 Cambio climático y transición energética
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»Artículo 91. Infracciones muy graves
Vigente
Son infracciones muy graves:
a) El incumplimiento del deber de reducciones de emisiones difusas de gases de efecto invernadero impuesto de acuerdo con el artículo 26 de la presente ley, cuando estas emisiones superen en un 100% el indicador permitido y la empresa haya sido advertida previamente por los servicios públicos de inspección.
b) La reincidencia en la comisión de infracciones graves cuando se haya sido sancionado en los dos años anteriores a su comisión.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 02-03-2019 en vigor desde 02-05-2019