Articulo 91 Promoción de la actividad económica
Ver Indice
»Artículo 91. Modificación del artículo 50 de la Ley 13/2002
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Se modifica el apartado 4 del artículo 50 de la Ley 13/2002, que queda redactado del siguiente modo:
"4. No pueden ser calificados en ningún caso como establecimientos de turismo rural los pisos, considerados como viviendas independientes, en un edificio de diversas plantas en régimen de propiedad horizontal, donde se presta el servicio de alojamiento."
