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Articulo 91 Protección Integral de la Infancia y la Adolescencia

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Artículo 91. Políticas de prevención en materia de relaciones sociales

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Las políticas de prevención en materia de relaciones sociales tendrán como principales objetivos.

a) El fomento de los valores de solidaridad, civismo y respeto a los derechos humanos.

b) La prevención de la violencia y de los abusos sexuales entre menores.

c) El fomento de programas de consumo responsable.

d) La orientación para el uso adecuado del ocio y del tiempo libre.

e) El fomento de los centros de atención diurna de menores, de apoyo convivencial y educativo y de inserción sociolaboral

f) Prevención y control para la erradicación de la mendicidad infantil.