Articulo 91 Reglamento 1/...judiciales

Articulo 91 Reglamento 1/2005 de aspectos accesorios de las actuaciones judiciales

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Artículo 91.

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De los ficheros automatizados de los órganos judiciales unipersonales será responsable el Secretario del Juzgado. De los ficheros dependientes de Tribunales será responsable el Secretario judicial que se indique en el acuerdo de creación o modificación.