Articulo 91 Reglamento de Espectáculos Taurinos de Navarra
Artículo 91. Participación en espectáculos populares.
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1. En los espectáculos populares tradicionales no se permitirá en ningún caso la participación de menores de 16 años, que únicamente podrán acudir como espectadores. La empresa podrá elevar la edad mínima de participación hasta 18 años.
2. No se permitirá tampoco la participación de personas que muestren aspecto de hallarse en estado de embriaguez, intoxicación por drogas o enajenación mental.
3. La empresa asume la responsabilidad de asegurar el respeto a las prohibiciones establecidas en los apartados anteriores, para lo cual establecerá, en su caso, el correspondiente servicio de vigilancia. Cuando se produzca resistencia al cumplimiento de dichas disposiciones podrá solicitar el auxilio de los Agentes de la Autoridad.
