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Articulo 91 Reglamento de la Ley 3/1993, forestal -Vigente-

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Artículo 91. Agentes del programa valenciano de pago por servicios ambientales forestales

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Los agentes que intervienen en la puesta en marcha y funcionamiento del programa de pago por servicios ambientales son la administración autonómica con competencias en materia forestal, los proveedores de servicios ambientales, los gestores de servicios ambientales, los compradores de servicios ambientales y el órgano gestor del programa.