Articulo 91 Reglamento de...de Policia

Articulo 91 Reglamento de Personal de los Cuerpos de Policia

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Artículo 91.

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Las recompensas que podrán otorgarse son las siguientes:

  1. Placa de Servicios Distinguidos.

  2. Medalla de Servicios Distinguidos.

  3. Felicitación pública.

  4. Felicitación privada.