Articulo 92 Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia de La Mancha
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»Artículo 92. Promoción de la adopción.
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La Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha desarrollará campañas de sensibilización social dirigidas a la promoción de la adopción como medida de protección y en especial, promoverá la adopción de las personas menores de edad con características, circunstancias o necesidades especiales.
