Artículo 92 Impuestos especiales de Álava
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»Artículo 92. Naturaleza
Vigente
El Impuesto Especial sobre la Electricidad es un tributo de naturaleza indirecta que recae sobre el consumo de electricidad y grava, en fase única, el suministro de energía eléctrica para consumo, así como el consumo por los productores de aquella electricidad generada por ellos mismos.
Modificaciones
- Artículo modificado (92 (se añade)) por Decreto Normativo de Urgencia Fiscal 1/2019, del Consejo de Gobierno Foral de 30 de julio. Aprobar la adaptación a la normativa tributaria alavesa de diversas modificaciones introducidas por el Estado en varios Impuestos
(VI de 12-08-2019) en vigor desde 13-08-2019

