Articulo 92 Reglamento General Presupuestario, de desarrollo del TR. de la Norma Foral General Presupuestaria
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»Artículo 92.-Endeudamiento del sector público foral.
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El endeudamiento del sector público foral estará constituido por el endeudamiento de las entidades que conforman el sector público administrativo y el sector público empresarial.
