Articulo 92 Simplificación y mejora de la regulación normativa
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»Artículo 92. Modificación del artículo 50 de la Ley 11/2009
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Se modifica la letra a del artículo 50 de la Ley 11/2009, que queda redactada del siguiente modo:
"a) Una multa de 10.001 a 100.000 euros y, en caso de reincidencia en la comisión de faltas muy graves, de hasta 200.000 euros."
