Articulo 92 TR 1995 de la...-Derogado-

Articulo 92 TR. 1995 de la ley de procedimiento laboral -Derogado-

Ver Indice
»

Artículo 92.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



(DEROGADO)

1. No se admitirán escritos de preguntas y repreguntas para la prueba de interrogatorio de testigos. Cuando el número de testigos fuese excesivo y, a criterio del órgano judicial, sus manifestaciones pudieran constituir inútil reiteración del testimonio sobre hechos suficientemente esclarecidos, aquél podrá limitarlos discrecionalmente.

2. Los testigos no podrán ser tachados, y únicamente en conclusiones, las partes podrán hacer las observaciones que sean oportunas respecto de sus circunstancias personales y de la veracidad de sus manifestaciones.

Modificaciones