Articulo 92 TR. de disposiciones en materia de ordenación del territorio y urbanismo
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»Artículo 92. Tramitación de los Estudios de Detalle.
Vigente
1. Una vez aprobados inicialmente los Estudios de Detalle, se someterán a información pública durante un mes para que puedan ser examinados y presentadas las alegaciones procedentes, mediante anuncio en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y, al menos, en uno de los periódicos de mayor circulación en la Comunidad Autónoma.
2. A la vista del resultado de la información pública, el órgano competente del concejo los aprobará definitivamente, con las modificaciones que resulten pertinentes.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-04-2004 en vigor desde 28-04-2004