Articulo 93 Deporte de C. León -Derogada-
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»Artículo 93. Potestad de control administrativo de las funciones públicas encomendadas a las Federaciones.
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La potestad de control administrativo de las facultades encomendadas a las Federaciones Deportivas de Castilla y León se ejercerá por el Tribunal del Deporte de Castilla y León, cuando por vía de recurso interpuesto por las personas que tengan un interés legítimo o a instancias de los órganos administrativos competentes, corresponda revisar el ejercicio de las facultades administrativas encomendadas a las Federaciones Deportivas de Castilla y León.
