Articulo 93 Derecho civil vasco
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»Artículo 93.- Ejercicio del usufructo poderoso.
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Si el usufructuario poderoso dispone parcialmente de los bienes, los legitimarios favorecidos quedan apartados con los bienes recibidos, sin perjuicio de que, en actos posteriores, pueda el usufructuario favorecerles con otros bienes.
