Articulo 93 Reglamento de la Ley 23/1982, de Patrimonio Nacional
Ver Indice
»Artículo 93.
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
Las cuentas del Consejo de Administración del Patrimonio Nacional, una vez formadas, serán remitidas al Tribunal de Cuentas para su examen y censura.
