Articulo 94 áreas empresariales de Galicia
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»Artículo 94. Sanciones
Vigente
La infracción prevista en el artículo 92 será sancionada con multa de 1.000 a 10.000 euros.
La infracción prevista en el artículo 92 será sancionada con multa de 1.000 a 10.000 euros.