Articulo 94 Derecho civil vasco

Articulo 94 Derecho civil vasco

Ver Indice
»

Artículo 94.- Obligaciones del usufructuario.

Vigente
nuevo

GPT Iberley IA

Copiloto jurídico



Todas las reparaciones, gastos, cargas y contribuciones de los bienes objeto del usufructo poderoso serán de cargo del usufructuario mientras no disponga de los mismos.