Articulo 94 ORDENde16demayode2013,delaConsejeradeEducación,Universidad,CulturayDeporte,porlaqueseestablecenlasbasesreguladorasparalaconcesióndesubvencionesenmateriadedeporte.
Artículo 94. Actividades subvencionables.
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Las ayudas reguladas en este capítulo van dirigidas a financiar los siguientes programas de actividades.
a) Programas de promoción de la actividad física y el deporte.
- Actividades físico deportivas organizadas por las Universidades aragonesas, dirigidas a la comunidad universitaria, que pongan en valor estilos de vida saludables y contribuyan a la proyección social y su integración en el sistema deportivo aragonés.
b) Organización de competiciones oficiales universitarias
- Competición de ámbito autonómico. El "Campeonato de Aragón Universitario", convocada por el Departamento competente en materia de deporte del Gobierno de Aragón.
- Competición de ámbito estatal convocada por el Consejo Superior de Deportes, a celebrar en la Comunidad Autónoma de Aragón y que destaquen por su importancia y trascendencia entre las actividades de los calendarios nacionales del deporte universitario.
c) Programas orientados a favorecer la participación de deportistas y equipos universitarios aragoneses en:
- Competiciones por Autonomías.
- Competiciones Nacionales e Internacionales (con la excepción de aquellas integradas en otro programa o convocatoria distinta).
d) Programas para la formación e investigación en materia deportiva:
- Cursos, seminarios y actividades de formación con una orientación teórico-práctica orientados a mejorar la práctica de la actividad físico deportiva y al fomento de la hábitos saludables entre los ciudadanos.
No serán subvencionables las becas o ayudas para asistencia a actividades formativas y las actividades o cursos de iniciación deportiva dirigidas a los miembros de la comunidad universitaria.
- Acciones y trabajos, de carácter transversal y multidisciplinar, que supongan la promoción y desarrollo del sistema deportivo universitario y aragonés, como la consolidación de procesos formativos y de investigación de común interés para las partes: becas, prácticas de formación, etc. La Responsabilidad Social en el Deporte será el nexo de unión de estas acciones.
e) Programas de Tecnificación Deportiva.
- Acciones y medidas que faciliten el acceso a las enseñanzas universitarias a los deportistas aragoneses de alto rendimiento respetando, en todo caso, los requisitos académicos generales previstos para el acceso y posibiliten la efectiva conciliación de la actividad académica con el desarrollo deportivo de estos.
f) Cualesquiera otras actividades deportivas organizadas por las Universidades aragonesas en la Comunidad Autónoma de Aragón que:
- Tengan amplia repercusión social y/o alta participación popular.
- Promuevan la igualdad efectiva entre hombres y mujeres.
- Contemplen la actividad física y el deporte como un elemento de inclusión social y territorial.
- Garanticen el acceso a la práctica de actividad física a los siguientes colectivos poblacionales:
- La población escolar y universitaria: niños y niñas, adolescentes y jóvenes en la etapa de formación.
- Las personas mayores.
- Las personas con discapacidad.
- Los grupos de población en riesgo de exclusión social.
- Las personas en el ámbito laboral.
