Articulo 94 Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de Madrid
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»Artículo 94. Cuantía de las retribuciones básicas
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La cuantía de las retribuciones básicas de los miembros de los Cuerpos de policía local será la que legalmente proceda, conforme a las siguientes correspondencias:
a) Categorías de la escala técnica: subgrupo de clasificación profesional A1.
b) Categorías de la escala ejecutiva: subgrupo de clasificación profesional A2.
c) Categorías de la escala básica: subgrupo de clasificación profesional C1.
