Articulo 94 Reglamento de Planeamiento para el desarrollo y aplicación de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana
- Norma derogada en cuanto se oponga a la Ley 8/1990, de 25 de julio, con efectos de 1 de julio de 1992. - Ley 8/1990, de 25 de julio, sobre Reforma del Regimen Urbanistico y Valoraciones del Suelo.
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»Artículo 94.
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1. El desarrollo de las determinaciones previstas en las normas para el suelo urbano se realizara a traves de planes especiales y de estudios de detalle.
2. Las determinaciones establecidas en las areas aptas para la urbanizacion se desarrollaran a traves de los correspondientes planes parciales.
