Articulo 94 Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales
Ver Indice
»Artículo 94.
Vigente
nuevo
GPT Iberley IA
Copiloto jurídico
El Consejo de Administración tendrá plenas facultades de dirección, gestión y ejecución respecto de la empresa, dentro de las normas estatutarias y de los preceptos de la legislación mercantil, sin perjuicio de las que se reservaren a la Corporación como Junta general y al Gerente.
